Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/345328
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
345328
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 923

DEMANDA, REQUISITOS DE LA (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 923

Precedentes

Amparo civil en revisión 2072/42. Cacique José A. 29 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la votación por las razones que constan en el acta del día. Relator: Roque Estrada.
Registro digital (IUS): 345328