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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 929
HEREDEROS, AMPARO IMPROCEDENTE PEDIDO POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 929
Si los quejosos carecen de personalidad para ocurrir al juicio ejecutivo mercantil en que se practicó el embargo reclamado en el amparo, por estar representados en ese juicio, en su carácter de herederos de la sucesión demandada en el mismo, por el albacea de la propia sucesión, precisamente por tal motivo no pueden, personalmente, reclamar en amparo los actos de autoridad realizados contra la sucesión en tal juicio, fundándose en por el posible interés que tengan en ella.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4204/46. Arellano Carlos y coags. 29 de octubre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Hilario Medina. Disidente: Carlos I. Meléndez. Relator: Roque Estrada.