Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/345351
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345351
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1192
JURISDICCION VOLUNTARIA, TRANSFORMACION DE LA, EN EL JUICIO CONTENCIOSO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1192
La demostración de la existencia del derecho de quien se opone a las diligencias de jurisdicción voluntaria, en las cuales el promovente pretende obtener la declaración de que se ha operado la prescripción positiva en su favor, a través de la comprobación de que se encuentre el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad a nombre de quien se opone a que se continúe la jurisdicción voluntaria, constituye precisamente una cuestión que deberá ventilarse a través del juicio contencioso en que se defina quién es la persona que conforme a la ley debe considerarse como titular de los derechos de propiedad del aludido inmueble, sin que a tal opositor deba exigírsele tal comprobación, si por otros medios ha demostrado su carácter de parte legítima.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1476/47. Rosas de Hernández Juana. 11 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.