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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1212
AGRAVIOS EN LA REVISION DEL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1212
El agravio que expresa el quejoso, contra la interlocutoria que se revisa, es infundado, si no contradice jurídicamente el motivo en que fundó el Juez la negativa de la suspensión, ni demuestra en qué consiste el agravio que le causa éste.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6557/48. Alcázar Juan S. 12 de noviembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.