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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1917
DEPOSITARIO JUDICIAL, ACCIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1917
La jurisprudencia que aparece publicada en la página 509 bajo el número 309 del Apéndice al Tomo LXXVI del Semanario Judicial de la Federación, se refiere al caso en que se pretenda perturbar al depositario en la posesión de los bienes embargados con motivo de reembargos decretados en juicios diversos de aquel en que fue trabado el embargo, en el cual fue nombrado depositario y en que éste ha acudido al amparo de la Justicia Federal en defensa de los derechos que representan los titulares de los bienes que él tiene en depósito.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5927/48. Navarro Martínez Carlos. 4 de diciembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.