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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345435
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 17
NACIONALIZACION, AUTORIDAD A LA QUE INCUMBE EL DESPACHO DE LOS ASUNTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 17
La sustitución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por la de Bienes Nacionales, para los asuntos de nacionalización, no se funda en ley ni se desprende del texto de la misma (ley de siete de diciembre de mil novecientos cuarenta y seis), porque ésta señala a la Secretaría de Hacienda, en su artículo 5o., el despacho de todos aquellos asuntos que afectan el patrimonio de la Federación. Es cierto que el artículo 15 de la misma ley, señala a la Secretaría de Bienes Nacionales el despacho de los asuntos relacionados con la conservación y administración de los bienes nacionales; pero en caso de duda, es el Presidente de la República el que resuelve, por conducto de la Secretaría de Gobernación, a qué dependencia corresponde el despacho del asunto respectivo.
Precedentes
Queja en amparo civil 570/47. Secretario de Bienes Nacionales. 1o. de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator : Hilario Medina.