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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 63
JURISDICCION VOLUNTARIA, OPOSICION A LA (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 63
Si el quejoso, en una sola promoción de jurisdicción voluntaria, se refirió a todo un predio y llegó a rendir la información testimonial para acreditar que lo poseía íntegramente como propietario, la oposición a ese derecho, de parte legítima, suspende la jurisdicción voluntaria para seguirse el negocio en procedimiento sumario, como claramente lo determina el artículo 896 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado, sin que obste que la oposición solamente se refiera a una parte del terreno de que se trata, toda vez que fue presentada en un expediente que se refiere a una sola unidad de terreno.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2241/47. Hernández Feliciano. 2 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: esta tesis se refiere a la legislación vigente en la época en que se tramitó el asunto respectivo.