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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345482
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 537
PRESCRIPCION POSITIVA, INTERRUPCION DE LA (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 537
No puede considerase que el término de prescripción positiva se haya interrumpido por la enajenación del inmueble respectivo y la inscripción del documento de traslación de dominio en el Registro Público, porque esos actos no están considerados entre las causas que interrumpen la prescripción, catalogadas en el artículo 1201 del Código Civil del Estado de Veracruz.
Precedentes
Amparo civil directo 1579/48. Durán María Antonieta y coagraviado. 19 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.