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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 652
PRUEBAS, FALTA DE APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 652
Debe estimarse infundado el concepto de violación en que se reclame que la autoridad responsable no tomó en cuenta los elementos de convicción que se aportaron al juicio, si no se precisa cuáles pruebas dejó de tomar en consideración, ya que para el análisis constitucional de cualquier agravio, es menester la determinación de los elementos de éste.
Precedentes
Amparo civil directo 3242/46. Compañía Explotadora de Fincas y Terrenos, S. A. 21 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no votó, por las razones expuestas en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.