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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 686
DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS CON LA SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 686
Para poder demostrar el recurrente, su acción de daños y perjuicios, por los que se le causaron con la suspensión, debe probar no solamente que las demandadas ocuparon la finca de que se trata, por algún tiempo, sin derecho alguno, sino también, que la cantidad reclamada corresponde efectivamente a la falta de percepción de las rentas que pudo percibir y los gastos necesarios para la reparación de la finca.
Precedentes
Queja en amparo civil 519/47. Oroza Macario. 21 de julio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.