Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/345524
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345524
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 820
LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 820
Según lo ha resuelto la Suprema Corte de Justicia, numerosas veces, procede la contrafianza que se ofrece en los juicios de amparo en los que se reclaman sentencias relativas a contrato de arrendamiento, porque el otorgamiento de la contrafianza no deja sin materia el juicio de amparo, y esa contrafianza está destinada a cubrir las responsabilidades que se derivan del contrato de arrendamiento, y no de operaciones posteriores que el quejoso haya podido realizar en el inmueble, como son la fundación de un establecimiento comercial, el subarriendo a terceras personas, etcétera.
Precedentes
Queja en amparo civil 397/47. Jiménez Camarena José. 26 de julio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.