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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345540
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 954
SENTENCIAS DE AMPARO, EFECTOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 954
La Suprema Corte de Justicia ha resuelto que siendo los efectos de las sentencias que se pronuncian en el amparo, eminentemente restitutorios, si la protección federal se otorga contra un acto del cual se derivan múltiples consecuencias, ese acto y esas consecuencias deben desaparecer por virtud del fallo constitucional.
Precedentes
Queja en amparo civil 485/47. Rivera Río José. 29 de julio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente:Vicente Santos Guajardo. Disidente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Carlos I. Meléndez