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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1031
FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA (TERMINACION DEL ARRENDAMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1031
Si el quejoso fue demandado por la terminación de un contrato de arrendamiento, por la desocupación del local motivo del contrato; el pago de las rentas de ese local y el pago de cierta cantidad como pena convencional por todo el tiempo que tarde en devolver la localidad arrendada, además de los gastos y costas del juicio, deben tomarse esas cantidades como base para la fijación del monto de la fianza, que debe otorgar para suspender la sentencia relativa porque existe la posibilidad de que dicho quejoso pueda ser condenado a cumplir con esas prestaciones.
Precedentes
Queja en amparo civil 116/48. Waisman Abraham. 2 de agosto de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del quejoso.