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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345574
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1354
AGRAVIOS EN LA REVISION DEL INCIDENTE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1354
Si del agravio expresado por quejoso contra la interlocutoria de suspensión, se desprende que los motivos que alega, pueden referirse al fondo del amparo, pero no se refieren, en forma alguna, a la suspensión definitiva, debe estimarse que no expresó concepto alguno de violación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5050/48. Ortiz de Castillo María. 14 de agosto de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.