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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
345581
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1389

CUANTIA DEL JUICIO (PENSION VITALICIA, CALCULO DEL IMPORTE PROBABLE DE LA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1389

Precedentes

Amparo civil en revisión 6776/42. Canobbio De Carrillo María Luisa. 16 de agosto de 1948. Mayoría de tres votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en la resolución de este negocio por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Roque Estrada. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 333, tesis 115, de rubro "CUANTIA DEL PLEITO.".
Registro digital (IUS): 345581