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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1401
CONTRAFIADORA EN EL AMPARO, SOLVENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1401
No hay ninguna disposición en la Ley de Amparo, que determine que la solvencia del contrafiador debe acreditarse, precisamente, tratándose de la propiedad de inmuebles, con la escritura de traslación de dominio respectivo, y es evidente que esa solvencia puede demostrarse con el certificado de gravámenes que exhibió, si de él se desprende que es copropietaria de la casa de que se trata, que este inmueble que no reporta gravamen alguno, y que tiene un valor suficiente para responder del monto de la contrafianza.
Precedentes
Queja en amparo civil 246/48. Méndez Isidro. 16 de agosto de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.