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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1991
HIPOTECA OTORGADA SOBRE UN INMUEBLE POR QUIEN APARECIA COMO PROPIETARIO DE ESTE EN EL REGISTRO, VALIDEZ DE LA, AUNQUE DESPUES SE ANULE EL DERECHO DEL OTORGANTE (TERCERO PARA LOS EFECTOS DEL REGISTRO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1991
El artículo 3007 del Código Civil del Distrito Federal establece que los actos o contratos que se otorguen o celebren por personas que en el registro aparezcan con derecho para ello, no se invalidarán, en cuanto a tercero de buena fe, una vez inscritos, aunque después se anule o resuelva el derecho del otorgante, en virtud de título anterior no inscrito o de causas que no resulten claramente del mismo registro. Por tanto, si en la fecha en que una persona hipotecó en favor de otra un inmueble, el mismo aparecía inscrito a nombre de aquélla en el Registro Público de la Propiedad, no puede considerarse nulo el contrato de hipoteca, por la circunstancia de que se hubiera declarado la nulidad del contrato por el cual el deudor hipotecario, adquirió el inmueble, si no existe prueba de que haya habido mala fe del acreedor hipotecario.
Precedentes
Amparo civil directo 706/47. Flores viuda de Ezeta Concepción y coagraviada. 6 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.