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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345661
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2144
SOCIEDAD LEGAL, REPRESENTACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2144
No se puede privar al marido del derecho de representar a la sociedad legal, sin previo juicio, porque de lo contrario se violaría la garantía de audiencia consignada en el artículo 14 constitucional; y no debe admitir en un juicio de amparo solicitado por el representante de la sociedad legal, por violación de sus derechos como administrador de la misma, que carece de personalidad, si la potestad común no lo ha determinado así, ya que dicha materia es ajena al juicio constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3894/47. Cuevas Galván Austreberto. 10 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Vicente Santos Guajardo.