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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2427
ALIMENTOS, REDUCCION DE LA PENSION DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2427
La reducción de la pensión alimenticia a la esposa, no es violatoria del artículo 63 del Código Civil del Estado de Tamaulipas, precepto que establece la obligación del marido de dar alimentos a la esposa, porque el hecho de que la pensión se reduzca no significa el desconocimiento de esa obligación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6649/42. Salgado de Ramírez Elena. 24 de septiembre de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Carlos I. Meléndez. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.