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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345715
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2611
EMBARGO, INCIDENTE DE LEVANTAMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2611
El incidente de levantamiento de embargo, no puede promoverse después de haber terminado el juicio ejecutivo por sentencia ejecutoria, pues conforme a la doctrina, los incidentes son cuestiones que, teniendo relación inmediata con el negocio principal, deben promoverse dentro del juicio y no fuera de él.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6442/43. Terrón Manuel sucesión de. 30 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Hilario Medina.