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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345736
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 60
HEREDEROS, SUSPENSION CONTRA LA FALTA DE RECONOCIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 60
La falta de reconocimiento de los derechos de heredero de una persona, trae como consecuencia necesaria y forzosa la libre disposición de los bienes por parte de los otros herederos declarados, lo que indudablemente puede ocasionar perjuicios de difícil reparación, razón por la que procede conceder la suspensión, en el amparo pedido contra la exclusión de una persona, como heredera, para impedir que mientras se falle el fondo del amparo, se disponga de los bienes en favor de terceros, y no se apliquen al afectado; suspensión que debe concederse mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7702/47. Pérez Ursula y coags. 3 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.