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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
345742
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 171

AMPARO IMPROCEDENTE, NO LO ES CUANDO SE RECLAMAN ACTOS QUE FUERON DE DISTINTO JUICIO DE GARANTIAS QUE FUE DESECHADO.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 171

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 820/48. Castañeda Luz María. 6 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 345742