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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 347
EXCEPCIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 347
Proceden en juicio aunque no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad qué es lo que se pide; y cuando el demandado invoca determinado precepto legal, que contiene una excepción, es claro que carecería de objeto la referencia a ese precepto, si no hubiera pretendido oponer la excepción que el mismo consagra.
Precedentes
Amparo civil directo 7186/46. Vila Enríquez Juan. 12 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Vicente Santos Guajardo.