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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 318
COMPRAVENTA CONDICIONAL DE BIENES LITIGIOSOS (LEGISLACION DE CHIAPAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 318
La circunstancia de que el vendedor declare que la cosa se halla en litigio, lo libra, de acuerdo con el artículo 2246 del Código Civil del Estado de Chiapas, de responsabilidad por daños y perjuicios, en caso de evicción así como de las penas respectivas; pero semejante declaración no priva al contrato de su esencia y naturaleza, como compraventa subordinada a una condición.
Precedentes
Amparo civil directo 8806/45. Monroy Antonio y coaga. 12 de abril de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.