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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 426
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL AMPARO PEDIDO POR LA, CONTRA UNA SENTENCIA DEFINITIVA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 426
Tratándose de persona extraña al juicio o que no hubiere sido oída en el mismo, el amparo debe promoverse indirectamente ante el Juez de Distrito, aunque se reclame la sentencia dictada en ese juicio, ya que no puede decirse que esa sentencia haya juzgado en definitiva a la parte quejosa.
Precedentes
Amparo civil en revisión 135/48. López de Chaufon Dolores. 15 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.