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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 450
INQUILINATO EN VERACRUZ, CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 450
La Ley de Inquilinato del Estado de Veracruz, de fecha diez de septiembre de mil novecientos cuarenta y siete, no imprime una modalidad a la propiedad privada, porque no implica modificación alguna al derecho de propiedad, sino que tal ley es sólo una reglamentación de los contratos de arrendamiento, que establece determinadas bases para el uso y fijación del precio de los alquileres; y como de esos contratos, incuestionablemente, deben ocuparse los Códigos Civiles de las respectivas entidades federativas, dicha Ley de Inquilinato, que no hace otra cosa que reglamentar los elementos del contrato de arrendamiento, principalmente el importe de las rentas, relacionándolo con el valor de los inmuebles arrendados, no puede considerarse inconstitucional, porque invada las facultades del Congreso de la Unión.
Precedentes
Amparo civil directo 7538/46. Chávez Ernesto. 16 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.