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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345793
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 529
INTERESES PENALES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 529
Si en una escritura de emisión de cédulas hipotecarias se estipuló que en caso de que el emisor dejare de hacer uno o varios pagos de capital o de intereses, estará obligado a pagar intereses penales a un tipo determinado, además de los intereses pactados, no puede admitirse que haya sido voluntad de las partes que los intereses penales se causaran sobre los intereses comunes, sino sólo sobre saldos a cargo del emisor, del capital insoluto.
Precedentes
Amparo civil directo 3387/47. "Central Hipotecaria", S. A. 19 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Carlos I. Meléndez.