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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345803
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 615
PRESCRIPCION POSITIVA, POSESION NECESARIA PARA LA (LEGISLACION DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 615
Sólo el poseedor originario está capacitado para adquirir por prescripción, de acuerdo con el artículo 915 del Código Civil del Estado de Morelos, siempre que su posesión llene los requisitos de quieta, continua y con ánimo de prescribir. El artículo 916 del mismo código veda al poseedor derivado el derecho para prescribir, concediéndole sólo el de intentar la acción de interdicto.
Precedentes
Amparo civil directo 5554/47. Villamil Rodrigo, sucesión de. 22 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.