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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 768
PERITOS, HONORARIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 768
El arancel de corredores no puede aplicarse para fijar los honorarios de un perito, sino que debe estarse a lo dispuesto en el artículo 2408 del Código Civil del Distrito Federal de mil ochocientos ochenta y cuatro, que establece que en los contratos que se celebren en el ejercicio de una profesión científica, cuando no hubiere arancel ni convenio, los honorarios se regularán atendiendo juntamente a la costumbre del lugar, a la importancia de los trabajos prestados, a la del asunto o caso en que se prestaron, a las facultades pecuniarias del que recibe el servicio y a la reputación que tenga adquirida el que lo presta.
Precedentes
Amparo civil directo 2171/34. Sánchez Amador. 26 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.