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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 783
ARRENDAMIENTO, CUANDO CONSTITUYE UN ACTO DE COMERCIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 783
El arrendamiento puede constituir un acto mercantil, cuando se celebra respecto de un local para comercio, o de un mueble o maquinaria, con el fin exclusivo de subarrendar; en suma cuando el acto que se realiza tiene la función de la intermediación en el cambio; pero tratándose de un arrendamiento que no llena tales condiciones, no puede considerarse como un acto de comercio, aunque haya sido celebrado por una compañía que constituya una sociedad anónima.
Precedentes
Amparo civil directo 3142/47. San José, S. A. 26 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.