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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345825
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 889
QUEJA IMPROCEDENTE EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 889
El recurso de queja no procede en los juicios mercantiles, pues no lo establece el Código de Comercio, cuyo sistema es hermético en orden a los recursos. Por identidad de razón, es aplicable, tratándose de la queja, el criterio sustentado por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, en el sentido de que el recurso de denegada apelación es inadmisible en materia mercantil.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1296/45. Martín J. Refugio. 28 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.