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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 937
LETRA DE CAMBIO, PAGO PARCIAL DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 937
La Suprema Corte de Justicia ha sustentado la tesis de que los pagos parciales que no consten en la letra de cambio, no pueden ser tomados en cuenta, aun cuando su existencia se compruebe por otros medios, porque el artículo 8o., de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito sólo considera oponibles, entre otras, las excepciones que se basen en la quita o pago parcial, que consten en el texto del mismo documento.
Precedentes
Amparo civil directo 2098/43. Caletti Engracia. 29 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.