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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1104
PRESCRIPCION GANADA, RENUNCIA IMPROCEDENTE DE LA, POR EL ALBACEA DE UNA SUCESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1104
El albacea no puede renunciar a la prescripción ganada, pues tal renuncia es una verdadera donación, según expresamente lo estableció el artículo 1076 del Código Civil para el Distrito Federal de mil ochocientos ochenta y cuatro; por consiguiente, como los albaceas carecen de facultades para hacer donaciones sin el consentimiento de todos los herederos, no puede admitirse que legalmente puedan obligar a la sucesión a reconocer un crédito ya prescrito.
Precedentes
Amparo civil directo 5978/47. Fundación de Beneficencia Privada "Luisa Martínez de Rodríguez Saro". 7 de mayo de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.