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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1187
MINUTAS, NATURALEZA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1187
La minuta es un contrato preliminar en el que se consignan las bases de un contrato o acto que después ha de elevarse a escritura pública. Aunque en la minuta se contengan los elementos intrínsecos del contrato, como la falta de forma, no da derecho a ninguno de los contratantes a exigir las prestaciones propias de dicho contrato, sino sólo a que se eleve a escritura pública, y hasta entonces será exigible su cumplimiento, el hecho de que los contratantes ejecuten determinados actos al extenderse la minuta, no cambia el contrato imperfecto contenido en ella, y las prestaciones no cumplidas siguen siendo inexigibles hasta que se otorgue la escritura.
Precedentes
Amparo civil directo 6683/46. Duen Ricardo. 10 de mayo de 1948. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.
Véanse:
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 558, tesis 186, de rubro "MINUTAS.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo IV, Primera Parte, página 193, tesis 285, de rubro "MINUTAS.".