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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1761
POSESION, PRIVACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1761
Aceptando la existencia de ejecutorias de esta Suprema Corte en el sentido de que la propiedad de los bienes de que se trata no corresponde a los quejosos, no por ello la autoridad responsable, ni ninguna otra, quedó relevada del deber de oírlos previamente en juicio para privarlos de la posesión que dicen tener de las fincas de que se trata.
Precedentes
Amparos civiles acumulados en revisión 7555/39. Farfán José Trinidad. 16 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.