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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345912
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1853
PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1853
Las pruebas que se rindan en los incidentes de suspensión, no pueden tener más objeto que: a) Comprobar la existencia de los actos reclamados, cuando las autoridades responsables los niegan, y b) Que los actos reclamados causen al agraviado daños o perjuicios, y que éstos sean de difícil reparación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2941/48. Leal Miguel A. 17 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.