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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1879
DIVORCIO, TESTIGOS EN LOS JUICIOS DE, PARA ACREDITAR LA CAUSAL DE INJURIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1879
El sentenciador tiene la libertad de criterio, tanto para apreciar la gravedad de las injurias como causal de divorcio, cuando para estimar la fe que merecen los testigos que declaran sobre las injurias; y no obsta, para que el juzgador pueda otorgar eficacia a la prueba de testigos que declararon de ciencia cierta sobre los puntos fundamentales de los respectivos interrogatorios, que los mismos hayan sido empleados del actor, ya que dada la naturaleza de los hechos sobre los que depusieron, no era posible acudir a testimonios de personas extrañas, sino a los de quienes se encontraban presentes al ser proferidas las palabras injuriosas.
Precedentes
Amparo civil directo 9942/41. López de Rivera Jovita. 18 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.