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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1901
PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1901
De conformidad con lo dispuesto por el Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicable al juicio de amparo, por disposición expresa del artículo 2o. de la ley de la materia, los documentos que se acompañan a la demanda hacen prueba en el juicio, aun cuando no hayan sido ofrecidas como tales en el periodo de rendimiento de pruebas y, por consiguiente, hacen prueba también en el incidente de suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1837/48. Campos Gil José. 19 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.