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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 217
PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO, LEGAL DESECHAMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 217
Si la prueba testimonial fue anunciada en tiempo, pero no lo fue en forma, supuesto que se omitieron las copias simples para las autoridades responsables y para el ciudadano agente del Ministerio Público Federal, adscrito al Juzgado de Distrito, y entre la fecha en que la recurrente cumplió con esa formalidad y el día en que debía celebrarse la audiencia constitucional, no mediaron los cinco días hábiles naturales y completos a que se refiere el artículo 151 de la Ley de Amparo, estuvo bien desechada la prueba testimonial.
Precedentes
Queja en amparo civil 555/47. González de Villaseñor Josefina. 10 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.