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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 217
PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO CUANDO SE DIFIERE LA AUDIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 217
Las pruebas testimonial y pericial deben anunciarse u ofrecerse, con la antelación requerida por la ley, para la audiencia constitucional señalada en el auto que da entrada a la demanda de amparo, y si la audiencia se difiere, sin que hayan sido ofrecidas dichas pruebas ya no es procedente su admisión para la audiencia diferida, excepto cuando el diferimiento se decrete de oficio por el Juez de Distrito y no a petición de las partes.
Precedentes
Queja en amparo civil 555/47. González de Villaseñor Josefina. 10 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.