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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345989
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 221
FIANZA EN EL AMPARO, FIJACION DE SU MONTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 221
Aunque la autoridad responsable, con posterioridad al auto que concedió la suspensión y que fue recurrido en la parte que fijó el monto y la forma de la garantía ordenó se procediera por el inferior a la ejecución del acto reclamado, por no haberse otorgado por el quejoso la garantía requerida, sin embargo, si de autos no consta que se haya ejecutado, existe la materia de la queja, si tal ejecución no se había llevado a cabo para la fecha del escrito en que se contiene la propia queja.
Precedentes
Queja en amparo civil 517/47. Barrientos Gildardo. 10 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.