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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345995
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 232
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, SUSPENSION DE INSCRIPCIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 232
La circunstancia que se alega de que el quejoso no sufre perjuicio con la inscripción preventiva de un juicio, al margen de los antecedentes de registro de una casa, no puede apreciarse al decidir el incidente, sino cuando se decida el fondo del amparo, de manera que estando satisfechos los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo, la suspensión concedida no vicia este precepto, porque es indiscutible que quien solicita la protección constitucional, se ostenta como el afectado directamente con la inscripción preventiva que reclama, y ésta puede ocasionarle daños de difícil reparación, si como lo afirma, es propietario y poseedor de la casa citada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4770/47. Arenas viuda de Robles Mercedes. 10 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.