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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346017
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 493
NULIDAD DE ACTUACIONES, IMPROCEDENCIA DEL INCIDENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 493
Es incorrecta la interpretación del artículo 32 de la Ley de Amparo, en el sentido de que también procede el incidente de nulidad respecto de notificaciones hechas con posterioridad a la sentencia definitiva, pues esta interpretación es contraria a los términos claros y precisos del artículo 32, citado.
Precedentes
Queja en amparo civil 435/47. Sánchez José M. 17 de enero de 1948. Unanimidad de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.