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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346019
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 496
AMPARO EXTEMPORANEO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 496
Siendo el auto notificado a tiempo a la parte demandada y presentándose la misma, exhibiendo la copia de su demanda de amparo fuera del término de tres días que se le fijó en el mencionado auto, que ya había causado estado, generó en favor del tercero perjudicado el derecho de que no se tuviera por interpuesta la demanda de amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 511/47. Labastida Joaquín. 17 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.