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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346022
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 501
HEREDEROS, SUSPENSION CONTRA LA DECLARACION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 501
La resolución que declara herederos a ciertas personas, tiene carácter declarativo, mas de esto no se infiere que no tenga consecuencias tal declaración, ya que los herederos declarados pueden intervenir en el juicio sucesorio, sobre todo en la designación del albacea y tienen el derecho de reclamar la parte que les corresponde en la herencia; en ese concepto aun cuando el procedimiento judicial es de orden público y no puede paralizarse, sí hay actos definitivos que se pueden impedir como lo son el hecho de que no se haga la adjudicación a los herederos declarados y objetados, de la parte de bienes que les corresponden en la herencia, mientras se falla el juicio principal, ya que de hacerlo, pueden ocasionarse a los demás herederos perjuicios de difícil reparación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7891/47. Moreno viuda de Novoa Ignacia y coagraviados. 17 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.