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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346063
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1077
POSESION DE BUENA FE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1077
Si en la minuta en que se hizo constar una transacción, se convino en que al quejoso se le transmitiría la propiedad de determinados predios, de los cuales se le entregó la posesión, no puede considerarse que esa posesión la haya disfrutado de mala fe, por la circunstancia de que no se le hubiera otorgado la escritura respectiva, ya que el convenio celebrado, que constituye la causa generadora de la posesión, es un título que excluye el elemento mala fe, pues el artículo 806 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales vigente en el Estado de México, sólo exige, para considerar de buena fe a un poseedor, título suficiente para darle derecho a poseer, y no que dicho título sea traslativo de dominio.
Precedentes
Amparo civil directo 7483/47. Cruz Barbabosa Agustín. 12 de febrero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.