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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346068
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1099
ARRENDAMIENTO, VARIACION DEL USO DEL LOCAL OBJETO DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1099
El Decreto de once de febrero de mil novecientos cuarenta y seis, no se refiere a la procedencia de la desocupación de los locales arrendados, cuando se les dé un uso distinto del convenido en el contrato, situación esta que se encuentra regida por los artículos 2485 y 2489 del Código Civil del Distrito Federal. El mencionado decreto establece una protección a los inquilinos que ocupen casas destinadas exclusivamente a la habitación de ellos y de sus familiares, en atención a la actual crisis económica, con las excepciones que el mismo decreto precisa, por lo que hace a los contratos de locales cuya renta sea superior a trescientos pesos mensuales.
Precedentes
Amparo civil directo 5571/47. Villarejo Manuel. 13 de febrero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.