Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/346127
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346127
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1733
REGISTRO CIVIL, PRUEBA DE LA FALTA DE LIBROS RELATIVOS AL (CERTIFICACIONES DE SECRETARIOS DE GOBIERNO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1733
La falta de libros del Registro Civil en determinados año y lugar, puede ser demostrada mediante el certificado expedido en ese sentido, por el secretario general de Gobierno del Estado respectivo, pues dicho documento hace prueba plena, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 328 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2113/47. Vallarta viuda de Rodríguez Catalina. 8 de marzo de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Vicente Santos Guajardo.