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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346145
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1807
DERECHOS DE AUTOR, REGISTRO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1807
Si aunque se anuló el registro primitivo en el Libro de la Propiedad Intelectual, que se hizo en favor del quejoso, como autor de una composición musical, está demostrado, por un oficio de la Secretaría de Educación Pública, que independientemente de la solicitud de nulidad de ese registro existe otro diferente, en que se reconoce al mismo quejoso su carácter de autor de su composición musical de que se trata, es indudable que esta última constancia justifica los derechos de autor, del repetido quejoso.
Precedentes
Amparo civil directo 4576/39. García Belisario de Jesús. 10 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.