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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346149
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1819
MINUTAS, EFECTOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1819
Siendo la minuta un documento preliminar en el que se convienen las bases de un contrato o acto que después deberá elevarse a escritura pública, sólo produce efectos entre las partes contratantes y no perjudica los intereses de tercero, pues únicamente da derecho a exigir el otorgamiento de la escritura respectiva, o la indemnización de daños y perjuicios, en su caso; de manera que la transmisión de propiedad de la cosa a favor del comprador, no se opera por la celebración de la minuta de compraventa, sino hasta que se otorgue y firme la escritura correspondiente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5010/46. Rossainz Rebeca. 10 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.